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Arraigo para la formación: información actualizada 2024

Introducción al Arraigo para la Formación

El Arraigo para la Formación es un permiso introducido con la reforma del reglamento de extranjería en agosto de 2022, y recientemente actualizado en junio de 2024 por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Este permiso tiene como objetivo facilitar la residencia a aquellos que se comprometan a realizar una formación específica en España.

Tipos de Estudios Permitidos

El solicitante debe especificar el tipo de formación que va a realizar, con la residencia vigente desde la fecha de concesión:

  • Formación reglada del Sistema de Formación Profesional: Títulos de Formación Profesional, Cursos de Especialización, Certificados de Profesionalidad y Competencia, impartidos por centros autorizados.
  • Certificaciones de aptitud técnica o habilitación profesional: Impartidas por centros acreditados y reconocidos por la administración competente.
  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo: Incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas, impartida por entidades de formación inscritas.
  • Formación universitaria: Titulaciones de máster oficial, cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades.
  • Microcredenciales: Basadas en experiencias de aprendizaje de corta duración, con acreditación de calidad y reconocimiento.

La formación puede ser híbrida, presencial y telemática, y debe completarse en un máximo de 12 meses.

Prórroga y Modificación de Estudios

El solicitante puede solicitar una prórroga si la formación excede los 12 meses y no se completa durante la vigencia inicial. También se permite modificar los estudios, siempre que pertenezcan a la misma familia profesional.

Autorización de Residencia y Trabajo Posterior

Tras completar el Arraigo para la Formación, es posible solicitar una autorización de residencia y trabajo de dos años, cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Presentar un contrato de trabajo que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el estipulado por el convenio aplicable.
  • El contrato debe estar relacionado con la formación recibida.
  • Haber completado la formación con éxito.
  • Se aceptan contratos fijos discontinuos, temporales o a tiempo parcial, siempre que se cumpla el salario mínimo interprofesional en cómputo anual.

En casos de tener a cargo menores o personas dependientes, se requiere un mínimo de 20 horas semanales.

Resumen

El Arraigo para la Formación ofrece una oportunidad valiosa para aquellos que desean formarse y establecerse en España. Con un enfoque en la formación profesional y el empleo, este permiso facilita la transición hacia una residencia más estable y un futuro laboral en el país.

Para más información sobre cómo solicitar el Arraigo para la Formación, contáctanos al 924 932 020 o visita cinthiacedeno.es.

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